Saltar al contenido

La mejor opción para alquilar/vender un piso o administrar una finca

La nueva ITC de ascensores. Tu ascensor puede ser clausurado: así se está aplicando la nueva normativa en Barcelona

Desde el 1 de julio de 2024, con la entrada en vigor del Real Decreto 355/2024 que aprueba la nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) AEM 1 «Ascensores», la realidad en Barcelona y su área metropolitana ha cambiado de forma drástica para las comunidades de propietarios. Lo que antes podía parecer un simple trámite ahora es un asunto serio, con inspecciones rigurosas, plazos estrictos y sanciones que pueden afectar gravemente la convivencia y el valor del inmueble.

¿Qué está ocurriendo en la práctica?

Las inspecciones han dejado de ser simbólicas. Los Organismos de Control Autorizados (OCA) están actuando con una rigurosidad sin precedentes. En caso de que un ascensor no cumpla con los estándares actuales de seguridad o no haya sido inspeccionado en el plazo correspondiente, la empresa mantenedora tiene la obligación legal de dejar el ascensor fuera de servicio en un plazo máximo de 24 horas. Esto ya está ocurriendo en varios municipios del área metropolitana de Barcelona.

Las inspecciones periódicas se organizan de la siguiente manera:

  • Cada 2 años en edificios de pública concurrencia o uso industrial.
  • Cada 4 años en edificios con más de 20 viviendas o más de 4 plantas.
  • Cada 6 años para el resto de casos.

Si no se cumple con este calendario, el resultado no es una advertencia… es la parada inmediata del ascensor. Y con ello, los vecinos deben subir escaleras sin alternativa, algo especialmente grave en edificios con personas mayores, movilidad reducida o familias con niños.

¿A quién afecta y cuánto cuesta?

En Cataluña hay registrados unos 202.000 ascensores. Según fuentes del sector, cerca del 75% necesitan adaptaciones para cumplir con la nueva normativa. Las intervenciones requeridas pueden ir desde pequeñas mejoras (como la instalación de cortinas fotoeléctricas) hasta reformas complejas que suponen una inversión de entre 500 y 40.000 euros por equipo.

Y lo más preocupante: el plazo para adaptarse es de solo un año desde la entrada en vigor de la norma. En otras palabras, si tu comunidad no empieza a moverse ya, podrías encontrarte este mismo 2025 con el ascensor clausurado.

Consecuencias reales: sanciones y clausuras

Las consecuencias legales y económicas del incumplimiento son severas:

  • Infracciones leves: hasta 60.000 €
  • Infracciones graves: hasta 6.000.000 €
  • Infracciones muy graves: hasta 100.000.000 €

Y no es una amenaza abstracta. En regiones como la Comunidad Valenciana, ya se han impuesto multas y clausuras. Es muy probable que en Cataluña se repliquen estas actuaciones en los próximos meses, dado que los OCA están empezando a cruzar información con los registros de inspección.

Además, se ha confirmado que el 93% de los accidentes en ascensores se deben a la falta de mantenimiento y adaptación a las normas. Según FEEDA (Federación Empresarial Española de Ascensores), las mejoras introducidas por la nueva normativa podrían reducir los accidentes hasta en un 90%.

¿Qué deben hacer las comunidades de propietarios?

La clave está en actuar con diligencia. Las siguientes acciones son urgentes e ineludibles:

  1. Revisar el estado del ascensor: consulta la fecha de la última inspección y evalúa si está al día.
  2. Contratar una empresa mantenedora acreditada: ya no basta con tener un contrato; esta debe estar actualizada con las exigencias del nuevo Real Decreto.
  3. Solicitar una inspección técnica voluntaria si hay dudas: es mejor adelantarse que esperar a una orden de paralización.
  4. Guardar y facilitar toda la documentación técnica: la nueva normativa obliga a que esta esté disponible para los OCA y la Administración en cualquier momento.
  5. Planificar financieramente: si es necesario hacer reformas, no se pueden dejar para el último momento.

Además, el uso del ascensor sin contrato de mantenimiento activo ahora está expresamente prohibido. La responsabilidad ha pasado de las empresas mantenedoras a los propietarios. Esto significa que es la comunidad quien asume toda la carga legal en caso de accidente o inspección fallida.

La responsabilidad es compartida, pero la obligación es colectiva

Muchas comunidades tienden a postergar este tipo de decisiones por falta de presupuesto, desacuerdo entre vecinos o desconocimiento. Pero lo cierto es que no actuar puede salir mucho más caro que abordar el problema ahora. Y no solo en términos económicos: la paralización de un ascensor en un edificio de 5 plantas sin alternativa puede generar conflictos, deterioro de la convivencia y pérdida de valor inmobiliario.

Conclusión: la norma ya está en marcha, y no hay vuelta atrás

El nuevo marco legal es claro, y su aplicación en Barcelona ya está en marcha. Las inspecciones se están ejecutando con firmeza y las consecuencias ya han comenzado a notarse. Este es el momento de actuar. No hacerlo, más allá de ser una infracción legal, es una irresponsabilidad hacia los vecinos y sus derechos fundamentales de accesibilidad y seguridad.

Tu ascensor no es solo un servicio: es una responsabilidad legal.